Esteban García Nadal, socio de García Nadal Abogados: “Vemos muchos procesos de reorganización donde las empresa no es que quiebren, las quiebran”
El representante de acreedores en varios procesos de renegociación apunta contra algunos principios de la Ley de Insolvencia y cuestiona su efectividad.
- T+
- T-
Una sensación de desazón es la que tiene el experto en temas concursales, Esteban García Nadal, no solo por la cantidad de procesos en curso, sino por la evaluación que hace del cambio legal que tuvo la normativa de insolvencia y reemprendimiento en el año 2014 y la poca efectividad que –a su juicio- ha tenido en este tiempo.
“Nuestra experiencia es que el 99% de los casos de reorganización (en Chile) no son exitosos”, aseguró el experto.
- ¿Cuál es la evaluación que hace de la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento desde el punto de vista de los acreedores?
- Lo más importante que uno puede apreciar es que la ley siempre tuvo una posición neutral, no tomaba posición ni a favor de los acreedores ni a favor de los deudores. Con el cambio legal en 2014 se produce un giro radical y se genera una falla de origen.
- ¿Cuál es esa falla?
- Lo primero es que toma partido por la empresa deudora y, de alguna forma, busca evitar la quiebra o liquidación a través de la reorganización con el objetivo de tratar de fomentar los convenios, es decir, darle una protección a la empresa para que nadie pueda demandarla o ejecutarla, con la posibilidad de que presente un acuerdo dentro de un plazo y con la opción de prorrogarlo. Además de establecer reglas que permitan bajar los quórum de aprobación, entre otros aspectos.
- Pero suena razonable darle oxígeno a las empresas en problemas para que puedan sobrevivir…
- Efectivamente son puestos laborales, mueven la economía de alguna manera, y antes para eso existían los convenios judiciales.
- Pero no era suficiente, o al menos con esa premisa se legisló.
- El problema que planteaban los abogados de deudores era que los convenios al final no servían de nada aprobarlos (al menos en el caso de los valistas) si venía el acreedor hipotecario y ejecutaba… le quitaba la fábrica, remataba donde funcionaba la planta. Entonces, lo que se planteaba es que era necesario obligarlos a todos y no solo a los valistas, sino que también de alguna forma impedir que el acreedor hipotecario, que generalmente es el dueño del activo donde funciona la empresa o la fábrica, también a él le afectara.
- ¿Hasta qué punto es una falla de origen o abuso de la norma?
- Yo creo que la nueva ley estaba bien inspirada porque recogía los principios internacionales, de lo que se llama el salvamento o la “segunda oportunidad”, que implica ayudar a que el emprendedor se pueda parar.
Pero definitivamente se pasó y establece una posición donde lo que le interesa es proteger la continuidad de la empresa deudora, evitar que puedan ser declaradas en quiebra y facilitar los acuerdos entre el deudor y sus acreedores. Entonces, vemos muchos procesos de reorganización o de renegociación, donde en el caso de las empresas no es que quiebren, las quiebran.
- ¿A qué se refiere específicamente? ¿Hay algo premeditado?
- Aquí lo que hemos visto son empresas que piden reorganizarse por problema de liquidez, donde en algún momento el empresario o la empresa decidió no pagar el IVA, los créditos hipotecarios, los leasing y, al final, hacen muchas veces algunos actos que son bastante cuestionables desde el punto de vista legal,como transferir bienes, dinero, hacer negocios con partes relacionadas, en fin, tomar malas decisiones que al final lo que hacen es explotar.
- Y ahí, ¿quiénes son los más perjudicados?
- Son los acreedores. Y cuando hablo de acreedores no solo son los bancos, son los trabajadores, principalmente los que se quedan sin poder recuperar o cobrar sus indemnizaciones por año de servicio. En conclusión, se ha abusado de alguna forma, utilizando los mecanismos que establece la ley para que se presenten reorganizaciones que no son viables, de empresas que no son eficientes y que no pueden competir.
- ¿Hay algún patrón de empresas con este tipo de prácticas?
- Ha habido en todas las industrias. Yo he visto quiebras que se preparan, donde hay data que muchas veces no es fidedigna, donde la información financiera no es la real, donde te cuentan una historia para hacer la reorganización, pero esta no coincide con los números.
- ¿Y eso en qué se traduce?
- En que tenemos un montón de procesos de reorganización judicial que no se cumplen, donde no se pagó ni la primera cuota de intereses. Nuestra experiencia es que el 99% de los casos de reorganización no son exitosos.
Los únicos procesos exitosos son procesos que se han llevado en Estados Unidos, no en Chile. Creo que si Latam, por ejemplo, se hubiese acogido a la ley chilena habría quebrado.
- En ese sentido, ¿qué aspectos son los que generan esa diferencia?
- Básicamente pasa porque hay una ley (en EEUU) que lleva mucho tiempo, que funciona porque hay un tribunal especial, con un procedimiento súper estructurado, un mercado financiero profundo donde, en definitiva, existen fondos especializados en financiamiento de empresas que están en procesos de Capítulo 11 o se quedan con un porcentaje de la compañía, capitalizando la deuda y logrando una rentabilidad muy atractiva. Eso no existe en Chile.
- ¿El ajuste que se dio el año pasado no fue suficiente?
- Lo que se hizo fue simplificar los procesos principalmente para las quiebras personales. En el caso de las empresas, la ley requiere modificaciones importantes. Habría que hacer una ley neutral, con un tribunal especializado, deben acotarse los plazos y eso debería acompañarse de un mercado más profundo, además de sancionar drásticamente al que viola la ley o haga acto ilícito.
- ¿Cómo advierte este año en materia de reorganizaciones?
-No veo que vayamos a tener menos procesos. La tendencia es que vamos a tener más procesos mientras la economía no se ordene.